Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por falta de carga argumentativa
  • Requisitos
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de nulidad de la Sentencia C-030/23.

Los peticionarios argumentaron la configuración de las causales de nulidad denominadas (i) elusión arbitraria o involuntaria del análisis de asuntos de relevancia constitucional y (ii) la contradicción entre la parte motiva y resolutiva de la providencia.

Concluyó la Corte que las nulidades invocadas solo pretenden reabrir el debate constitucional que ya culminó con la emisión de la sentencia de la referencia, ello bajo los parámetros que los peticionarios consideraron adecuados y que, a su juicio, permitirían llegar a una decisión diferente a la adoptada por la Sala Plena.

Con base en las anteriores consideraciones se RECHAZAN las nulidades pretendidas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (27 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR las solicitudes de nulidad de la Sentencia C-030 de 2023 presentadas por Jomary Ortegón Osorio, Juan David Romero Preciado y Julián González Escallón, por los motivos señalados en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. INFORMAR a los peticionarios que contra el presente auto no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a los peticionarios.
  4. Comuníquese y cúmplase.
  5. Diana Fajardo Rivera
  6. Presidenta
  7. Con salvamento de voto
  8. NATALIA ÁNGEL CABO
  9. Magistrada
  10. Con aclaración de voto
  11. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  12. Magistrado
  13. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  14. Magistrado
  15. Con aclaración de voto
  16. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  17. Magistrado
  18. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  19. Magistrado
  20. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  21. Magistrada
  22. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  23. Magistrada
  24. Con aclaración de voto
  25. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  26. Magistrado
  27. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónCristina Pardo SchlesingerSalvamentoDiana Constanza Fajardo RiveraAclaraciónJosé Fernando Reyes CuartasAclaraciónNatalia Ángel Cabo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.